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Foto del escritorJuan Manuel Contreras

¿Por qué la transmisión zonal es más cara con la ley de transmisión?


Hace unas semanas con la publicación de la Res. Ex. Núm. 447, en el proceso de definición de instalaciones de transmisión para la tarificación de la transmisión que regirá a partir del año 2020, la autoridad echó pie atrás en la reclasificación como instalaciones dedicadas de una serie de activos que en su mayoría pertenecían originalmente al segmento zonal. La razón sería la inconsistencia en la aplicación de la metodología definida en la ley y en resoluciones dictadas para este efecto. Esto significa reconocer que será muy difícil sacar de la transmisión zonal una instalación a la que funcionalmente no le corresponde estar, porque su funcionalidad no se podría reflejar en la aplicación estricta de un conjunto de criterios y fórmulas.


Esto no es nuevo, la calificación de instalaciones pertenecientes al sistema troncal en la legislación anterior, tampoco era posible con el simple ejercicio de la aplicación de los criterios contenidos en la ley; en ese entonces existía un comité troncal integrado por representantes de instituciones y segmentos, que dentro de sus tareas tenía definir las instalaciones pertenecientes al sistema troncal. La lección aprendida es que los comités de representantes de los segmentos e instituciones involucradas son necesarios en todas las etapas del proceso.


En la transmisión zonal, la ley de transmisión hizo cambios profundos, cuyos efectos iremos sintiendo en el tiempo. Por un lado, se incrementará la cantidad de instalaciones que se deberán pagar para un mismo nivel de servicio, por otro, aumentarán los montos que deberán ser asumidos por los clientes, por ejemplo, se pagarán los costos de las ampliaciones requeridas por obsolescencia técnica o económica, que en la legislación anterior eran responsabilidad de los propietarios (etapa de optimización y adaptación).


Había consenso en el diagnóstico. La antigua subtransmisión requería cambios, pero no parece haber sido adecuadamente resuelta.


La ley anterior (ley corta 1), daba a los propietarios la libertad de desarrollar sus planes de inversión de la manera más eficiente, debiendo cumplir con la calidad de servicio reglamentada y fiscalizada por la autoridad. Por otro lado, la tarificación se basaba en el concepto de empresa modelo, que significa, reconocer para los activos y sus costos asociados su valor económico, es decir el costo de un sistema optimizado que preste similar servicio. Para ello se valorizaba el conjunto de instalaciones que resultaban eficientes para otorgar el servicio con la calidad exigida. Así, si para el propietario era más eficiente acumular cuatro transformadores de 5MVA en una subestación, en lugar de dos de 10MVA (criterio eficiente), la tarificación reconocía el costo de la solución eficiente, independiente de la configuración real.


La ley de transmisión cambió radicalmente la manera de desarrollar la transmisión zonal y la forma de tarificarla. Los principales cambios se resumen:

  • Planificación centralizada de la expansión

  • Ampliaciones licitadas por Coordinador y pagadas por dueño del activo. El que recibe como remuneración el AVI + COMA

  • Obras nuevas definidas por la autoridad en los planes de expansión y licitadas por el Coordinador

  • Se garantiza el pago del 100 % del VATT de las instalaciones de transmisión zonal. (Artículo 114°). (Riesgo de baja demanda o de sobreinstalación de cargo de usuarios)


Para entender la tesis de por qué la cantidad de activos y los valores que se pagarán por transmisión zonal se irán incrementando en el tiempo, debe considerarse que el VI de las instalaciones de la empresa modelo, debe compararse con la sumatoria de las obras reales existentes, más las obras nuevas en construcción por parte de las empresas, más el plan de expansión de obras nuevas, más el plan de expansión de ampliaciones de obras existentes.


Otra variable que se pierde con el esquema de tarificación de empresa real, es el valor final del VI de las instalaciones nuevas y de las ampliaciones. Como ejemplo, las licitaciones efectuadas en el mes de julio 2018 para ampliaciones de los sistemas zonales, resultaron 32,3% más caras que los VI referenciales. (Como base se tomó el VI del documento “Licitación de Proyectos Plan de Expansión de Transmisión 2017-2018”).


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